
Con
la nueva normativa, todos los conductores cuentan con 12 puntos, salvo los
noveles que cuentan con 8 puntos. En esta sección podrás conocer
los puntos que te podrán ser retirados en el caso de infringir las
normas de tráfico.
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Si
paras o estacionas en zonas de riesgo, para la circulación, para
los peatones, o en los carriles destinados al transporte público
urbano.
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Si usas cualquier sistema de detección de radares para eludir la vigilancia de los agentes de tráfico. | ||
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Si
no llevas el alumbrado cuando es obligatorio o haces mal uso de el.
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Si
llevas a un menor de 12 años como pasajero de tu motocicleta
o ciclomotor, con las excepciones que se determinen reglamentariamente.
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Si
haces un cambio de sentido incumpliendo las normas.
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Si
usas manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier
otro aparato que no te permita estar atento mientras conduces.
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Si no mantienes la distancia de seguridad. | ||
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Si
circulas por una autopista o autovía con un vehículo con
el que con el que esté expresamente prohibido circular por ellas.
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Si
conduces con un exceso del 50% o más en el número de plazas
autorizadas, excluido el conductor, salvo que se trate de autobuses
urbanos o interurbanos.
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Si
conduces un vehículo sin llevar el permiso o la licencia adecuada.
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Si
arrojas a la vía o alrededores cualquier objeto que pueda producir
incendios o accidentes.
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Si
conduces de forma negligente o creando riesgos para los demás.
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Si conduces a una velocidad superior al límite establecido en más de 40 km/h, siempre que no suponga, además, un exceso del 50%. | ||
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Si
te saltas un Stop, un semáforo en rojo o no respetas la prioridad
de paso.
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Si adelantas poniendo peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario o en lugares o circunstancias de visibilidad reducida. | ||
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Si
adelantas poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
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Si
realizas maniobras de marcha atrás en autopistas o .
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Si
no respetas las señales de los agentes que regulan la ciculación.
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Si conduces con una tasa de alcohol superior a 0,25mg/l y hasta 0,50mg/l en aire respirado (profesionales y conductors noveles más de 0,15 y hasta 0,30mg/l). | ||
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Si
aumentas la velocidad o efectúas maniobras que impidan o dificulten
el adelantamiento.
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Si
conduces con una tasa de alcohol superiora 0,50mg/l en aire respirado
(profesionales y conductores noveles más de 0,30mg/l).
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Si conduces bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos analógicos. | ||
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Si conduces de forma temerária, circulas en sentido contrario o participas en competiciones o en carreras de vehículos no autorizadas. | ||
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Si
te niegas a pasar las pruebas de alcoholemia, estupefacientes, psicotrópicos,
estimulantes y otras sustancias de efectos analógicos.
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Si
conduces superando en más del 50% el límite de velocidad
máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos,
en 30 Km/h dicho límite.
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Si
eres conductor profesional y excedes en más del 50% los tiempos
de conducción o minoras en más del 50% los de descanso.
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